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SUMMARY:Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales
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DESCRIPTION:<p><strong>Título:</strong> Deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales</p><p><strong>Fecha:</strong> 24 de abril de 2025</p><p><strong>Horario:</strong> 16:30 a 18:30 horas (una hora menos en Canarias)</p><p><strong>Formato:</strong> Lo puede ver en directo vía internet en formato videoconferencia y disponible en modo grabación durante tres meses.</p><p><strong>Ponente:</strong> Don José Manuel Aguilar Rodríguez, Economista, asesor fiscal, Socio de Devita Asesores y Profesor del Departamento de Empresa de la UAB.</p><p><strong>Dirigido y objetivos:</strong> A asesores fiscales u otros profesionales vinculados al sector cinematográfico, de artes escénicas o a inversores que participen en su financiación. También está dirigido a quienes deseen una visión compacta de la estructura de liquidación del Impuesto sobre Sociedades desde la perspectiva de la deducción prevista en los artículos 36 y 39.7 LIS, dado que dicha deducción afecta al límite genérico sobre la cuota íntegra ajustada del impuesto conforme al artículo 39.1 LIS.</p><p><strong>Programa:</strong></p><ul>	<li>Importe de la deducción del productor por inversiones en producciones españolas de largometrajes y series audiovisuales.</li>	<li>Requisitos para aplicar la deducción en producciones de ficción, animación o documental, con soporte físico previo a su producción industrial seriada.</li>	<li>Deducción aplicable a productores que ejecuten producciones extranjeras de largometrajes u obras audiovisuales.</li>	<li>Deducción por gastos en producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Requisitos.</li>	<li>Deducción por participación en la financiación de producciones españolas (art. 36.1 LIS) y espectáculos en vivo (art. 36.3 LIS).</li>	<li>Normas comunes del art. 39.7 LIS. Impacto en el límite del art. 39.1 LIS. Imposibilidad de aplicar cashback. Ejemplos prácticos de liquidación y orden de aplicación de deducciones.</li>	<li>Diferencias con el Régimen Especial AIE.</li>	<li>Régimen de incompatibilidades y pérdida del derecho a la deducción.</li>	<li>Consultas y aclaraciones.</li></ul><p>Para consultar el programa completo y realizar la inscripción, visita nuestra web: <a>www.servidar.com</a></p>
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